Los incendios forestales provocados por negligencia penados hasta con 10 años
Madrid, 24 jul (EFE).- El incendio forestal provocado por imprudencia grave al tirar una colilla al suelo y, por lo tanto, no ser intencionado por el autor, podría ser castigado con una pena de hasta diez años, cuando atente contra la vida, que es la máxima qué prevé el Código Penal para estos casos.
Así lo ha declarado a EFEverde la abogada ambientalista, Ana López Muiñas, quien ha añadido que además de esta pena se impondrá una multa de doce a veinticuatro meses a razón de un máximo de 400 euros al día en el caso de personas físicas.
El incendio de montes constituye un delito contra la seguridad colectiva tipificado por el Código Penal Español, y los autores de provocar fuegos forestales, con peligro para la vida o integridad física de las personas podrán ser castigados con la pena de prisión de diez a veinte años, según Muiñas, que ha destacado que en el caso de fuego por colillas sin intencionalidad son 10 años de máximo.
En 2011 hubo 16.000 incendios (mil menos que en 2010), de los cuales el 70 % fueron conatos (menos de una hectárea); en el 80 % de los casos fueron negligencias e imprudencias y en el 21,6 % resultó ser intencionado, siempre según los datoos de la Fiscalía.
Según los últimos dato de la Fiscalía, que hoy ha declinado opinar sobre el posible cambio en el Código Penal de las sanciones a aplicar a quienes de cualquier forma provoquen incendios, por muchas investigaciones que se incoen, acabar con esta lacra depende en esencia de la actitud personal de cada ciudadano, de lo contrario no hay nada que hacer.
Respecto a las penas, la Fiscalía señala que el Código Penal contempla hasta veinte años de privación de libertad y, a lo largo de su historia, siempre han aumentado.
Sobre las detenciones, asegura que se observa una tendencia creciente de sentencias condenatorias y una disminución de detenciones, algo que ha interpretado como positivo, dado que así no se priva a nadie de su libertad hasta el momento de la sentencia.
En 2007 se dictaron 82 condenas y hubo 19 absoluciones; en 2008 las condenas sumaron 90 y las absoluciones 21; en 2009, las primeras llegaron a 85 y las absoluciones a 51; en 2010, fueron 96 condenas y 34 las absoluciones, y en 2011 la proporción fue de 93 a 30.
Sólo hasta el 15 de julio -últimos datos facilitados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente-, más de 89.998,82 hectáreas han ardido este año pasto de las llamas, frente a las 84.490,08 devastadas durante todo 2011 y las 36.479,68 hectáreas arrasadas entre el 1 de enero y el 15 de julio del pasado año.EFE
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