La hora de las demoliciones
La Audiencia Provincial de Cádiz abre el camino a más derribos a la espera de que se aplique el decreto de la Junta a favor de la legalización
Ocurrió en abril. Un mismo juzgado salvó las casas de Manuela y Kanako. Manuela había construido su casa ilegal en Chipiona; Kanako, en Sanlúcar de Barrameda. Y aunque el mismo juzgado condenó a ambas por un delito contra la ordenación del territorio, por haber levantado su vivienda en suelo no urbanizable, se les concedía la oportunidad de mantener en pie sus residencias. La Fiscalía recurrió. Su esfuerzo es convencer a los jueces de que solo con los derribos se evita la impunidad de los ataques contra el urbanismo legal. Y, ahora en octubre, la Audiencia Provincial de Cádiz acaba de dar la razón al Ministerio Público. Las casas de Manuela y Kanako tendrán que ser demolidas.
La Fiscalía de Medio Ambiente de Cádiz, con Patricia Navarro al frente, ha saludado estas dos sentencias como un paso importantísimo en su lucha contra este tipo de edificaciones ilegales, que han proliferado en los últimos años en toda Andalucía. Pero no siempre los jueces han respondido. Uno de los argumentos más habituales es que derribar una sola casa, cuando alrededor hay cientos en similar situación, no arregla el problema. Los nuevos fallos judiciales de la Audiencia Provincial de Cádiz asumen el criterio del Tribunal Supremo de que la única manera de responder a un delito es reparar el daño causado.
Manuela fue condenada en abril por el juzgado de lo penal número cuatro de Cádiz por un delito contra la ordenación del territorio a seis meses de prisión y una multa de 1.440 euros. Pero el fallo añadía: “No ha lugar a la demolición interesada por el Ministerio Público”. Es exactamente la misma pena que el mismo juzgado dictó en el mismo mes a Kanako. Se salvaban del derribo. Ambas, tal y como recogen las sentencias, levantaron sus casas “en zona donde existen numerosas viviendas”.
La Fiscalía sostiene que tirar casas es la forma de luchar contra la impunidad
Además, sus ayuntamientos habían anunciado planes de regularización de esas áreas. El juzgado número cuatro consideraba que las demoliciones no servirían para reponer el daño causado puesto que formaban parte de un núcleo de población donde otros habían hecho lo mismo que ellas. Y donde los ayuntamientos, que ya organizaban recogida de basuras, parada de autobuses o mejoras en el alcantarillado, tenía planes para legalizar esas casas. Acabar con una o dos no solucionaba el problema.
La Fiscalía no estaba de acuerdo y recurrió. En ambas sentencias, la Audiencia Provincial echa por tierra los criterios del juzgado número cuatro. Y lo hace en términos duros. “Incurre en graves errores” al presuponer intenciones de regularización, que todavía no se han producido. “A día de hoy esa casa sigue en suelo no urbanizable”, dice en la sentencia de Chipiona. También echa por tierra el criterio de que la casa esté situada junto a otras en similar situación. “No se ha podido acreditar”. La Audiencia Provincial, al igual que la jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo, cree que se pueden hacer excepciones, pero que la norma general debe ser el derribo, tal y como marca el artículo 319 del Código Penal.
Este respaldo a la Fiscalía llega de un momento clave para el futuro de este tipo de sentencias en Andalucía. Lo advertía la memoria de la Fiscalía de Medio Ambiente de 2011, donde ya se señalaba la preocupación del efecto que tendrá en próximas decisiones judiciales la aplicación del decreto de la Junta de Andalucía por la que se va a regular las edificaciones y asentamientos en suelos no urbanizables de la comunidad. En ese informe, los fiscales especializados en la materia ya resaltaban la complejidad que se sumaba a su labor el hecho de tener un decreto que hacía depender de los ayuntamientos y sus planes generales la viabilidad o no de futuras demoliciones.
Unas 300.000 viviendas ilegales podrían salvarse y ser regularizadas
El Consejo de Gobierno andaluz sacaba adelante este decreto que, en la práctica, servía para dar solución global a las alrededor 300.000 viviendas ilegales que hay en la comunidad. El decreto instaba a salvar del derribo a un 90% de ellas, salvo las construidas junto a Bienes de Interés Cultural, zonas inundables o cuando el delito urbanístico no hubiese prescrito. El resto, están construidas en suelos no urbanizables, como las de Manuela o Kanako, y los ayuntamientos les pueden otorgar un reconocimiento jurídico.
El decreto es de enero y la Fiscalía mostraba su preocupación por la dificultad añadida que suponía tener esta normativa sobre casos conocidos antes de esa fecha pero no resueltos todavía. “Esto puede dar lugar a diversidad de interpretaciones judiciales, lo que puede resultar lamentable tras conseguir criterios uniformes favorables a la demolición salvo supuestos muy excepcionales”, explicaba en esa memoria la Fiscalía de Medio Ambiente de Sevilla. En términos generales, los fiscales acordaron seguir reclamando la demolición y no retirar esta petición, salvo que se haya aprobado la modificación del plan general que recalifique los suelos quieran no urbanizables en urbanos no consolidados.
Los fiscales también han mostrado su inquietud por la forma en la que los ayuntamientos vayan a asumir este decreto. Para que su esfuerzo de muchos años para reparar la legalidad urbanística no sea demolido en poco tiempo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario